Ein spanischer Triathlet wurde wegen Dopings bestraft
La ITU ha anunciado que Víctor David Sánchez García, un triatleta español, ha cometido una violación de las normas antidopaje y estará sancionado hasta 2020 sin competir
El hecho ocurrió durante un control de dopaje en la competición que se disputó el 6 de julio de 2018 durante el Campeonato del Mundo Multisport de Fyn (Dänemark)
Victor David Sánchez García finalizó en 4 ° lugar en el Campeonato Mundial Masculino de AG Aquabike 40-44, 2 ° en los 40 -44 Campeonatos Mundiales de Duatlón AG Männlicher Sprint y erste in Campeonato Mundial de Duatlón AG Masculino 40-44.
La muestra de orina del Sr. Sánchez García se envió para su análisis al Laboratorio acreditado por la AMA en Oslo, donde se encontraron hallazgos analíticos adversos de efedrina, oxilofrina y tamoxifeno.
La efedrina y la oxilofrina están clasificadas como estimulantes de la Sección S.6 en la Lista de Prohibiciones de la AMA. El tamoxifeno está clasificado como Hormona de Sección S4 y Modulador Metabólico bajo la AMA
El 21 de agosto de 2018, la ITU envía al deportista un aviso de una posible infracción de la regla antidopaje. Este aviso explica el posible cargo, ofrece al atleta una suspensión provisional voluntaria hasta que se resuelva el asunto y brinda al atleta una gran cantidad de derechos y opciones disciplinarias, incluida la posibilidad de admitir sin demora la infracción de las normas antidopaje. Poco después, a través de varias declaraciones escritas, el Atleta admite de inmediato la violación de la regla antidopaje y renuncia al análisis de su muestra B.
El Sr. Sánchez García explicó cómo las sustancias ingresaron a su sistema. Con respecto al hallazgo de efedrina y oxilofrina, explicó que fue tratado por crisis asmática aguda y rinoconjuntivitis aguda y que el medicamento prescrito contenía tanto la efedrina como la oxilofrina.
Tras recibir el aviso de ITU de una posible violación de las reglas antidopaje, solicita una AUT retroactiva para el uso de estas dos sustancias con AEPSAD (la NADO española). La TUE retroactiva es denegada.
Con respecto al hallazgo de tamoxifeno, explica que hace poco más de un año se fracturó su quinto metatarsiano en el pie derecho y buscó un tratamiento de regeneración ósea alternativo con Factores de crecimiento para tratase. Él dice que el tamoxifeno fue recetado junto con los Factores de Crecimiento, que solo lo utilizó durante la mitad del ciclo previsto y que no ofrece ningún rendimiento de mejora.
Además de su palabra, el atleta no presentó pruebas fiable para apoyar este tratamiento de factores de crecimiento ni del médico que administró dicho tratamiento y presuntamente prescribió el tratamiento.
El Atleta no presenta evidencia exculpatoria creíble para sus explicaciones y su aplicación retroactiva de TUE fue denegada. En consecuencia, no cumple con la prueba que le permitiría beneficiarse de cualquier reducción en la sanción.
El 7 de septiembre de 2018, la ITU envió al deportista la notificación de una declaración de infracción de la regla antidopaje. A la luz de la explicación del atleta y la incapacidad para establecer que él no tiene la culpa, la ITU propone como consecuencia de su violación de las normas antidopaje que se imponga un período de 24 meses de inelegibilidad. Jedoch debido a la pronta admisión del deportista, la fecha de inicio del período obligatorio de inelegibilidad propuesto por la UIT debe estar retroadaptada a la fecha de recolección de la muestra.
Los resultados obtenidos por el Sr. Sánchez García y los puntos obtenidos en el Fyn 2018 ITU Multisport World Championships Festival serán descalificados con todas las consecuencias resultantes, incluida la pérdida de títulos, premios, medallas, puntos y premios y el dinero de la aparición. El período de inelegibilidad comenzará el 6 de julio de 2018. El atleta podrá reanudar la competición el 6 de julio de 2020.